"TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 040/84 ------------------------------ ARTICULO 1.- Agrégase al final del Artículo 10º del Decreto Nº 370 de fe- ------------ cha 14 de Octubre de 1982 los siguientes incisos: h) Nómina de socios activos, con número de documento de iden tidad y domicilio, cuya cantidad no podrá ser inferior a cincuenta (50), excepto en caso de fundaciones o entida - des de interés social que por sus características de orga nizaci¢n y/o funcionamiento no requieran socios.- i) Libro de Actas, de asistencia de socios, de Caja, Diario, Mayor e Inventario, debidamente rubricados ante escribano público o Juez de Paz.----------------------------------- ARTICULO 2.- Modifícase el Artículo 13º del Decreto Nº 370, el que quedar ------------ redactado con el siguiente texto: "La inscripción importar para las instituciones que la hayan obtenido, las siguientes obligaciones: a.- Realizar Asamblea General Ordinaria de asociados anualmen te, dentro de los noventa (90) días posteriores al cierre del Ejercicio Financiero que estipule sus Estatutos Socia les, para considerar los siguientes puntos: 1.- Inventario, Balance General, Cuenta de Gastos y Recur sos e Informe de la Comisión Revisora de Cuentas.- 2.- Renovación de la Comisión Directiva y Comisión Reviso ra de Cuentas de acuerdo a lo que se estipule en sus Estatutos Sociales.--------------------------------- b.- Comunicar al Registro Municipal de Entidades de Bien Públi co y a sus asociados con quince (15) días de anticipación toda Convocatoria a Asamblea de Asociados, adjuntando un - ejemplar de la misma, especificando: tipo de asamblea, lu- gar, fecha y hora de realización, Orden del Día, consignán dose claramente los asuntos a tratar.- c.- Realizada la Asamblea están obligados dentro de los quin - ce (15) días posteriores, según el carácter de la misma, - a enviar a la Municipalidad la siguiente documentación: - fotocopia del acta de la Asamblea y asistencia de socios a la misma, y nómina de las nuevas autoridades con número de documento de identidad y domicilio, Memoria, Balance - General, Cuenta de Gastos y Recursos y Copia del Inventa- rio actualizado con la aprobación de Contador Público Na- cional del Ejercicio fenecido.- d.- Comunicar todo cambio en sus órganos directivos y de fisca lización, como así también la mutación o cambio de su domi cilio, dentro de los quince (15) días de producido.- e.- Ceder a las autoridades municipales, los elementos y loca- les de que dispusieran a los efectos de realización de ac- tos culturales, patrióticos y cualquier otro que sean en beneficio de la comunidad.- f.- Evacuar con rapidez toda consulta o encuesta que se le so- licite.- g.- Rendición de cuentas de los subsidios recibidos en tiempo y forma que determine la resolución que otorga el benefi- cio.----------------------------------------------------- ARTICULO 3.- Otórgase un plazo de noventa (90) días a partir de la sanción- ------------ de la presente Ordenanza a las entidades actualmente inscriptas en el Registro de Entidades de Bien Público para dar cumplimiento a lo esti- pulado en los artículos 10º y 13º modificados del Decreto Nº 370, quedando - eliminados de dicho Registro quienes en ese plazo no dieren cumplimiento al mismo.---------------------------------------------------------------------- ARTICULO 4.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.--------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a veintiséis días del mes de marzo de mil novecientos ochenta y cuatro. FIRMADO: Alber- to J. B. Paciaroni - PRESIDENTE - Juan José Troya - SECRETARIO.----------- ORDENANZA N§ 040/84 -------------------